Promoción “JUGA EN EL MONUMENTAL”

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  1. Latpro S.A., con domicilio en Juramento 2853 piso 1 Depto “B”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organiza la presente promoción (en adelante la “Promoción") quien podrá ser llamado el “Organizador”.
  2. Podrán participar en la Promoción todas las personas físicas, que tengan entre 18 y 36 años edad, que posean domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y área metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
  1. Forma de participar en la Promoción: Aquellas personas que deseen participar podrán hacerlo de dos formas: (i) podrán participar aquellas personas que hayan comprado a través de la tienda on line de River (http://www.tiendariver.com/), la camiseta oficial de River edición 2017/2018, la camiseta de River campeón de la copa Argentina 2017/2018 o bien la camiseta alternativa de River edición 2017/2018 o todas ellas, hasta el 17 de diciembre de 2017 inclusive. No será necesario que aporten datos adicionales, con el solo hecho de comprar alguno de los productos descriptos precedentemente se encontraran automáticamente participando de la promoción por el sorteo. y (ii) todas aquellas personas que deseen participar de la promoción podrán hacerlo enviando a Juramento 2853 piso 1 Depto “B” un dibujo del escudo de River en sobre cerrado y deberán poner en hoja a parte junto con el logo los siguientes datos: Nombre y Apellido, DNI, Teléfono celular y fijo, Teléfono alternativo de contacto de algún familiar o amigo, mail personal, todos los dibujos recepcionados en tiempo y forma participaran como aquellos del punto (i) en el sorteo en cuestión.

Es condición de la presente promoción que los participantes sean adeptos al club River Plate.

  1. La participación en la presente promoción es SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA ni contratación de servicio alguno.
  1. La Promoción será válida desde el 15 de diciembre del 2017 al 17 de diciembre de 2017 inclusive.
  1. El Organizador no será responsable por la pérdida, robo y/o deterioro de los registros enviadas por los participantes y que por cualquier causa no sean recepcionadas, o sean ilegibles, incompletos o sin la información requerida. Asimismo, el Organizador   no   se   hará́ responsable por aquellas transmisiones electrónicas que estén incompletas o sean confusas por cualquier error técnico, incluidos, pero no limitados al mal funcionamiento electrónico de cualquier red, "hardware" o "software", o por cualquier error humano, técnico o de cualquier otro tipo que pueda ocurrir al procesar las participaciones. Una prueba de envío significará automáticamente la recepción de la participación por parte del Organizador. Sin embargo, la recepción de la participación por parte del Organizador no es garantía de que los Participantes sean los ganadores del Concurso.
  1. No serán válidas y quedarán sin efecto alguno, aquellas participaciones que se realicen a través de la manipulación o mal uso de los sitios web que contengan información relacionada con el Concurso, y las que se realizaren de mala fe o en contravención de las reglas de la moral y las buenas costumbres. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o excluir del Concurso a aquellos Participantes que, directa o indirectamente hayan alterado, incumplido o violado, las normas establecidas en el presente Reglamento o hayan ejecutado conductas deshonestas que atenten contra el espíritu de competencia y entretenimiento de este Concurso. Es condición para poder participar que las conexiones a la web se hagan desde direcciones IP’s localizadas en el ámbito de la República Argentina.
  1. El Organizador se reserva el derecho de poner término o modificar el Concurso en caso de existir fraudes, dificultades técnicas o cualquier otro factor fuera de control del Organizador que pudieran comprometer la integridad del Concurso; tal determinación se hará a discreción del Organizador, siempre contando con la previa autorización de Lotería Nacional.
  1. Se llevara a cabo un sorteo el día 18 de diciembre de 2016 a las 14:00hs ante la presencia de Escribano Publico en la calle Roque Sáenz Peña 628 piso 8º depto. U de esta ciudad, para ello el escribano extraerá seis (6) Participantes mediante el sistema Randon u otro similar, los tres primeros (3) como potenciales ganadores del premio; y del N° 4 y 6, como suplentes en el orden en que fueron sorteados, para el caso que la/s participación/es sorteada/s en primer término no cumpla/n con los requisitos establecidos en las presentes bases; No es necesaria la presencia de los participantes el día del sorteo para la adjudicación del premio correspondiente. El Organizador notificará por mail o telefono a los Posibles Ganadores, que cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en las presentes bases; para el caso que el Posible Ganador dentro de las 48 horas de notificado, por cualquier razón, no contestare, no pudiera aceptar o ser declarado Ganador, se procederá a notificar al primer suplente elegido el día del Sorteo quien podrá hacerse acreedor del Premio siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las presentes Bases y así sucesivamente. Los Suplentes que se conviertan en Potenciales Ganadores, serán notificados telefónicamente o por mail, dentro de las 48hs. hábiles, de adquirida tal calidad, y deberán presentarse en el lugar y fecha que se les indique.
  1. La participación en el presente concurso implica la aceptación de las presentes Bases y Condiciones.
  1. Se entregarán los siguientes Premios (en adelante los “Premios”):
  • La posibilidad de que el ganador juegue un partido de futbol en el estadio Monumental el día 21 de diciembre de 2017 a las 18:00hs. Para poder ser acreedor del premio, el ganador deberá acreditar su aptitud física para poder jugar un partido de futbol con un certificado médico que lo acredite a tal fin.
  • Cada potencial ganador será acreedor de un (1) premio cada uno, es decir un pase al partido descripto para una sola persona.

 El premio no posee un valor mercado valido, ya que jugar un partido de futbol adentro del estadio Monumental, no es algo que se comercialice al público en general, sino que es una cortesía del Club.

Se deja establecido que los premios son intransferibles y en ningún caso se canjearán por dinero en efectivo u otro derecho o bien.

 

  1. Todos los costos en que deban incurrir los ganadores para gozar de los premios establecidos serán exclusivamente a cargo de ellos, como todo impuesto, tributo, contribución y/o arancel que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre el mismo al momento de la entrega del PREMIO serán a cargo exclusivo de los ganadores.

 

  1. Para la efectiva asignación del Premio, los Potenciales Ganadores deberán presentarse en la puerta del museo del estadio Monumental el día 21 de diciembre de 2017 a las 18:00 hs sito en la calle Avenida Presidente Figueroa Alcorta 7509, CABA (Museo River) donde ante deberán suscribir constancia de recepción del Premio y liberación de responsabilidad; junto con una “Declaración jurada de idoneidad - Consentimiento de uso - - Consentimiento para publicidad y divulgación de imagen” y el apto físico suscripto por medico habilitante donde se acredite que el ganador puede jugar un partido de futbol.

 

  1. En todos los casos Latpro se contactará con cada ganador para brindarle toda la información necesaria en relación a los Premios: lugar de entrega, horarios, etc. No poder estar presentes en el partido en el día y la hora pactada será condición necesaria para que el Organizador no haga entrega del premio y pase al suplente siguiente.

 

 

  1. En caso de que la presente Promoción quedara regida bajo la normativa de la resolución de Lotería Nacional Sociedad de Estado Nro. 17/2011 y modificatorias todo Premio asignado y no reclamado por el/los Ganador/es dentro del plazo de treinta (30) días desde su declaración como Ganador, será transferido por Latpro en propiedad al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente (ex-Secretaría de Desarrollo Social de la Nación) de la forma jurídica que corresponda, dentro de los treinta (30) días corridos de vencido dicho plazo.

 

  1. Esta promoción podrá ser cancelada, suspendida o modificada por el Organizador por razones que lo justifiquen y por caso fortuito o fuerza mayor, previa autorización de Lotería Nacional S.E. y comunicándose al público general por idénticos medios a los utilizados para difundir la promoción.

 

  1. El Premio que no pudiera asignarse a ningún Potencial Ganador en virtud de la falta de cumplimiento de algún requisito establecido en las presentes bases, será considerado como no asignado.

 

  1. Todo Premio no asignado por cualquier causa quedará en propiedad y disposición de Latpro.

 

  1. El Organizador, luego de realizados los sorteos, publicará el nombre y DNI de los Ganadores por los mismos medios a los utilizados para difundir la Promoción.

 

  1. El Organizador se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que considere conveniente de los Ganadores de la presente Promoción. Con la sola participación en la Promoción, los Ganadores prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus Nombres y Tipo y Nº de Documento e Imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación que Latpro disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 1071 bis del Código Civil, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Ganadores no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

  1. Por el solo hecho de participar, todos los participantes aceptan conocer y aceptar las condiciones de las presentes bases. Cualquier modificación que se produzca por causas ajenas no imputables al Organizador será informada, en caso de corresponder, a Lotería Nacional S.E. conjuntamente con la resolución adoptada con una anterioridad de 48 hs. a que se produzca.

 

  1. No podrán participar de la Promoción el personal de Los Organizadores, sus proveedores, colaboradores, contratistas, como tampoco el personal de agencias de publicidad que trabajan para ellos, ni sus familiares directos.

 

  1. La responsabilidad del Organizador, por todo concepto finaliza con la puesta a disposición de los Ganadores de los Premios correspondientes y, de ninguna manera, continúa en relación a las prestaciones, etc. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la adjudicación del Premio. El Organizador no será responsable por consecuencias originadas por problemas en la transmisión de datos, pérdida de mails enviados, problemas en las comunicaciones o de cualquier otra índole. Los participantes serán responsables del contenido de todos los documentos enviados, así como del costo del envío y de los impuestos que sean aplicables o toda suma de dinero que les sea abonada en concepto de adjudicación de Premios. La responsabilidad del Organizador finaliza al poner a disposición del Ganador el Premio al que se hizo acreedor. Los gastos no incluidos en las presentes Bases estarán a cargo del potencial Ganador, incluyendo pero sin limitarse a traslados, gastos de viáticos y/o impuestos y/o cualquier otro costo o gasto que se produzca como consecuencia y/o en ocasión del premio. El potencial Ganador mantendrá indemne y a salvo Latpro y a sus compañías vinculadas controladas y controlantes y controladas de sus controlantes, a sus agencias o afiliadas por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido como consecuencia de la utilización del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna si por serle imposible concretar la notificación al Potencial Ganador del Premio dentro del plazo establecido al efecto, debiera notificar y/o adjudicar el Premio a los suplentes.

 

  1. El Organizador se reserva el derecho de sustituir el premio, por otro u otros de similar valor, previa autorización de Lotería Nacional S.E.

 

  1. Tratamiento de Datos Personales: Los datos personales brindados a través de internet para la participación en esta promoción, serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de Tienda River. La provisión de los datos por parte de los Participantes de la Promoción es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en la Promoción.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.

Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse a la dirección de correo electrónico [email protected]

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. 

  1. El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

 

  1. La probabilidad de cada participante de ganar algún Premio es la siguiente: tres entre la cantidad de registraciones recibidas para participar del Premio. Es decir, en caso de recibirse 100.000 registraciones para el sorteo, la probabilidad de cada participante de ganar cada premio es 3/100.000.

 

  1. Las presentes Bases se encuentran a disposición de cualquier interesado en Juramento 2853 Piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

  1. Para el caso de dudas o divergencias para la aplicación de las presentes bases corresponderá la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Comercial con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia dichas bases, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.