RESPUESTA DEL CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE A LA RESOLUCIÓN DE LA LIGA PROFESIONAL DE FÚTBOL RECIBIDA HOY, 31/10/2020, A LAS 13 HORAS.
SOBRE LOS CONSIDERANDOS
1) Que en el día de la fecha se reinicia oficialmente la competencia de fútbol, con la disputa de la primera fecha de la “COPA DE LA LIGA 2020”
-La competencia se reinició el viernes 30, teniendo como partido inaugural GELP Vs. Patronato. Esta resolución sin número llegó al CARP el 31/10 a las 13 horas.
2) Que es de público conocimiento que el C.A. River Plate -con motivo de las remodelaciones que está llevando a cabo en su Estadio- ha solicitado disputar la Copa de la Liga 2020 en su predio de entrenamiento ubicado en la localidad de Ezeiza.
-Al comenzar la remodelación del campo de juego del Estadio Monumental, con una fuerte inversión que beneficiará no sólo a River Plate sino al fútbol argentino en general (ahí se disputará por ejemplo el partido inaugural de la próxima Copa América), River Plate inició también el acondicionamiento de su predio River Camp, para albergar con todas las condiciones requeridas el primer partido de la Copa Liga Profesional 2020 y todos los partidos subsiguientes en los que tuviera condición de local.
3) Que el campo de entrenamiento del C.A. River Plate no cumple con el requisito previsto por el artículo 84 del Reglamento General de AFA en cuanto a la capacidad.
-El requisito que surge del artículo 84 del Reglamento General de la AFA prevé justamente garantizar un mínimo de espectadores para el desarrollo del evento deportivo en circunstancias de normalidad. Vale decir que para la situación actual, este considerando deviene abstracto en virtud de la prohibición vigente de concurrencia de espectadores a los estadios.
4) Que al día de la fecha no ha llegado habilitación alguna por parte de los organismos de seguridad con respecto al predio de entrenamiento del C.A. River Plate, que habilite la disputa de encuentros oficiales en el mismo.
-River Plate cuenta con todas las autorizaciones requeridas para disputar el encuentro en River Camp. Tanto de los organismos de seguridad, como del propio Municipio de Ezeiza, que han cursado por los canales formales las autorizaciones correspondientes.
-Además, River Plate abonó el costo del operativo de seguridad a las fuerzas de seguridad correspondientes apenas recibió la confirmación sobre el tipo de operativo y la cantidad de efectivos que serían necesarios.
5) Que la Comisión de Estadios de AFA -como consecuencia de las permanentes obras en el predio de entrenamiento- no ha podido expedirse acerca del cumplimiento o no de los requisitos necesarios para albergar un partido de futbol oficial en el referido campo de entrenamiento del C.A. River Plate.
-River Camp ha estado a disposición para cualquier tipo de inspección, en todo momento, y lo sigue estando.
6) Que la documentación presentada por el C.A. River Plate no resulta suficiente para conmover el criterio de esta Mesa Directiva y apartarse de los reglamentos.
-La solicitud de River Plate se encuentra ajustada a todos los requerimientos vigentes.
-A su vez, no hemos recibido por parte de la Liga Profesional requerimiento alguno en relación con documentación adicional a la presentada por el Club.
-Por otra parte, en cuanto al reglamento de la Liga Profesional, no hemos tomado conocimiento al día de hoy de que se encuentre aprobado.
7) Que no existen antecedentes de partidos oficiales disputados en predios de entrenamiento.
-River Camp cumple sobradamente con todos los requerimientos técnicos y deportivos para albergar un partido oficial. En ese sentido, se llevó adelante la verificación correspondiente por parte de la empresa que produce todo lo vinculado a las cuestiones televisivas y, en lo referido a lo deportivo, las condiciones del predio están visiblemente a la altura de los estándares del fútbol argentino.
-Por otra parte, tampoco existen antecedentes de partidos oficiales disputados en el marco de una pandemia con las múltiples restricciones que ello conlleva.
8) Que el Reglamento de Organización Desarrollo y Transmisión Televisiva de la Liga Profesional de Futbol en su artículo 1ro traduce la voluntad y el compromiso de los Clubes para garantizar la más alta calidad del producto televisivo, del espectáculo, tanto desde la infraestructura, la organización y todo otro aspecto que hace a una competencia de la talla del Futbol de Primera División.
-La empresa responsable de la producción televisiva de la totalidad de los partidos del fútbol argentino llevó adelante en forma presencial, tanto el lunes 26/10 como el jueves 29/10, una visita al predio y prestó conformidad en cuanto a las condiciones para llevar adelante la transmisión, sin ningún tipo de afectación en cuanto al producto televisivo.
9) Que en caso que los Protocolos establecidos por la AFA con motivo de la pandemia desatada por el Covid-19 den buenos resultados, podemos esperar una mayor flexibilización por parte de las Autoridades lo que permitiría a su vez una mayor concurrencia de personas a los partidos (prensa, televisión), implicando mayores requisitos en términos de infraestructura que el predio de entrenamiento no cumpliría.
-Llegado ese momento, River Plate evaluará esas nuevas situaciones y dará las soluciones correspondientes.
-Eventualmente, en caso de que las normativas respecto de los asistentes cambien, River Plate decidirá el traslado de la localía a un estadio que reúna las nuevas condiciones requeridas.
10) Que al día de la fecha y a raíz de las informaciones periodísticas acerca de una supuesta autorización para disputar partidos oficiales en un campo de entrenamiento a favor del C.A. River Plate, la Liga Profesional de Futbol ha recibido múltiples solicitudes de otros Clubes con idénticas pretensiones. Hacer lugar al pedido del C.A. River Plate, implicaría hacer extensible la misma concesión para el resto de los Clubes y ello solo conllevaría gravísimas consecuencias en términos de producto televisivo, de jerarquía de la Liga y por consiguiente del Futbol Argentino.
-Sin ánimo de ser redundantes y tal como lo expresamos tanto en el punto 2 como en el punto 7, ratificamos que River Camp cumple sobradamente con todos los requerimientos técnicos y deportivos para albergar un partido oficial. En ese sentido, se llevó adelante la verificación correspondiente por parte de la empresa que produce todo lo vinculado a las cuestiones televisivas y, en lo referido a lo deportivo, las condiciones del predio están visiblemente a la altura de los estándares del fútbol argentino.
-Por otra parte, tampoco existen antecedentes de partidos oficiales disputados en el marco de una pandemia con las múltiples restricciones que ello conlleva.
11) Que entrando en las 48 hs previas a la disputa del partido entre el C.A River Plate y el C.A. Banfield, resulta imperioso adoptar una resolución y definir la sede de dicho encuentro.
-River Plate elevó la solicitud correspondiente a la Liga Profesional el 16 de octubre del corriente año. Es decir, con al menos 15 días de antelación respecto del partido a disputarse vs. el C.A. Banfield.
-Esta reciente notificación por parte de la Liga, a menos de 24 horas del comienzo de la producción del evento, imposibilita cualquier tipo de resolución en algún otro sentido que no sea el ya planteado por el Club.
-Por otra parte, la recepción en River Camp de la cartelería y material propio de la LPF para la producción del partido conlleva a un indubitable reconocimiento por parte de la Liga Profesional de Fútbol de la utilización de River Camp para el partido a disputarse el domingo 1º de noviembre del corriente año.
12) Que, tratándose de un Club de la magnitud e importancia no solo a nivel local sino también internacional como lo es el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, no podemos más que exhortar a las autoridades de dicho Club a que arbitren los medios necesarios para que dicha institución dispute los encuentros oficiales en un estadio que esté a la altura de la misma.
-Sin ánimo de ser redundantes y tal como lo expresamos tanto en el punto 2 como en el punto 7, ratificamos que River Camp cumple sobradamente con todos los requerimientos técnicos y deportivos para albergar un partido oficial. En ese sentido, se llevó adelante la verificación correspondiente por parte de la empresa que produce todo lo vinculado a las cuestiones televisivas y, en lo referido a lo deportivo, las condiciones del predio están visiblemente a la altura de los estándares del fútbol argentino.
-Por otra parte, tampoco existen antecedentes de partidos oficiales disputados en el marco de una pandemia con las múltiples restricciones que ello conlleva.
SOBRE LA RESOLUCIÓN
Finalmente, en cuanto al punto 2 de su resolución -sin número identificatorio-, donde dice que la LPF resuelve:
Instar al C.A. River Plate a comunicar a esta Liga al correo electrónico [email protected] antes de las 20 hs del día sábado 31/10/2020 un estadio que cumpla con los requisitos exigidos para oficiar de local en los partidos de la Copa de la Liga 2020.
-En ese sentido, dar una respuesta a esta resolución recibida el 31/10/2020 a las 13 horas en el plazo de 7 horas otorgado por la LPF resulta materialmente imposible.
-En virtud de los fundamentos aquí expuestos, solicitamos que sea la Asociación del Fútbol Argentino quien resuelva el diferendo en cuestión.